Gestión Regional

Por: Sandra Benítez, Beatriz Sandia y Edmundo Vitale.

Funciones del Poder Ejecutivo Municipal sobre la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)

La Ley de Gestión Integral de la Basura (2010), establece que al Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia ambiental, conjuntamente con otros órganos y entes, le compete la formulación de políticas sobre la gestión integral de residuos y desechos sólidos, así como la elaboración de planes de gestión y manejo de los mismos (Artículo 7).

De igual manera, la referida ley en su Artículo 8, define que el Ejecutivo Estadal tiene la responsabilidad de prestar los servicios de transferencia y disposición final de desechos sólidos, previa aprobación de la Autoridad Nacional Ambiental. Municipal

Por otro lado, Ley de Gestión Integral de la Basura (2010), establece que es competencia del Poder Ejecutivo Municipal la gestión del servicio de aseo urbano, rural y domiciliario; así como la elaboración y ejecución de Plan Municipal de Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos (Artículo 9).

Por ende, la gestión de los residuos y desechos sólidos en Venezuela recae sobre los distintos Municipios en los que se encuentra dividido el territorio nacional, sujetos a las políticas y directrices del órgano rector; teniendo la potestad de “regular, mediante ordenanzas, la gestión de los servicios de aseo público y domiciliario, incluyendo las tarifas, tasas o cualquier otra contraprestación por los servicios…” (Artículo 9).

El Estado Mérida se subdivide administrativamente en 23 municipios y 86 parroquias civiles, organizadas en 4 zonas geopolíticas: Metropolitana, Valle del Mocotíes, Sur del Lago, y Pueblos del Norte.

En la zona Metropolitana del Estado Mérida se encuentra ubicado el Municipio Libertador, objeto de este estudio, donde está localizada la ciudad de Mérida, capital del estado, con aproximadamente 290.000 habitantes.

La gestión municipal actual, iniciada en diciembre 2021, ha aprobado la Ordenanza sobre la Gestión Integral del Servicio de Aseo Urbano y Domiciliario en el Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, publicada en Gaceta Oficial Municipal Extraordinaria N° 24, Año I, de fecha 31 de Enero de 2022, con una Reforma Parcial, aprobada y publicada en Gaceta Oficial Municipal Extraordinaria N° 68 Año I 2022.

Esta ordenanza tiene por objeto “establecer los principios y regular la prestación y manejo integral de los residuos y desechos sólidos en el Municipio Libertador…” (Artículo 1). Plantea la “aplicación de una política de producción mínima de residuos o desechos sólidos en el origen para elevar las condiciones de salud de la población”.

A continuación se presentan los artículos de la Ordenanza Municipal, resaltantes relacionados con la gestión de residuos electrónicos.

Tabla 1. Artículos de la Ordenanza Municipal sobre Gestión de Residuos Electrónicos.

Artículo 7°: La prestación del servicio de aseo urbano y domiciliario debe ser garantizada a todos los habitantes del Municipio Libertador, con independencia del esquema adoptado para su prestación.
Artículo 8°: Constituyen actividades inherentes a la prestación del servicio de aseo urbano y domiciliario de carácter interdependiente entre sí, las siguientes: 1. Almacenamiento. 2. Recolección. 3. Transporte. 4. Limpieza de espacios públicos. 5. Transferencia. 6. Aprovechamiento. 7. Disposición Final.
Parágrafo Único: La disposición final de los desechos sólidos generados en el Municipio es competencia directa del Poder Ejecutivo Estadal.
Artículo 9°: Parágrafo Tercero: El Municipio o quien esté debidamente autorizado por éste, establecerá, supervisará y realizará la certificación de los generadores de desechos peligrosos tipo “b”, “c” y “d” y su gestión eficiente según lo señalado en la Ley Integral de la Basura, en la Ley sobre sustancias, materiales y desechos peligrosos y leyes conexas que regulan la materia…
Parágrafo Cuarto: El Municipio o quien éste debidamente autorizado por éste, establecerá una tasa especial anual para la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos peligrosos tipo “b”, “c” y “d” producidos en el Municipio por generadores certificados…
Artículo 24°: Toda persona natural o jurídica, pública o privada, incluidos los vendedores ambulantes y/o comerciantes informales que generen residuos y desechos sólidos como resultado de cualquier actividad que ejerzan en el Municipio Libertador están obligados a disponer de manera separada los mismos, debiendo ser colocados en los depósitos temporales definidos por el Municipio para su respectiva recolección y disposición final.
Parágrafo Primero: El Municipio es responsable por los residuos y desechos sólidos generados y separados, así como de las actividades subsiguientes de recolección, clasificación, transferencia, transporte y disposición final de los mismos.
Artículo 42°: La Alcaldía con apoyo de otras instituciones u organismos, públicos o privados, deberá planificar, coordinar y ejecutar campañas de información y sensibilización orientadas a la reducción en la generación, al aprovechamiento de residuos sólidos a través de la reutilización, reciclaje y separación, de conformidad con lo dispuesto en el Plan Municipal de Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos.
Artículo 43°: Los residuos sólidos generados en el Municipio, podrán ser objeto de sistemas de reducción, reutilización, separación para el reciclaje y transformación, aplicando tecnologías limpias, previa notificación y obtención de autorización de los entes competentes en materia ambiental, en concordancia con lo previsto en la Ley de Gestión Integral de la Basura.
Artículo 59°: El Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos y Desechos sólidos deberá ser aprobado por el Alcalde mediante Decreto y elaborado por una Comisión integrada por representantes de todas las áreas de la gestión municipal involucradas y de la prestadora del servicio, así como de académicos y profesionales con experiencia en la materia pertenecientes a la Universidad de los Andes, en un lapso no mayor de seis (6) meses contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza.
Fuente: Elaboración propia.

Se observa que la Ordenanza sobre la Gestión Integral del Servicio de Aseo Urbano y Domiciliario en el Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, se rige completamente por la Ley de Gestión Integral de la Basura (2010). Sin embargo, no existe una ordenanza específica que regule los Desechos Electrónicos en el mencionado municipio.

Cabe señalar, que la recolección de residuos sólidos está funcionando de manera mancomunada entre los municipios: Libertador (zona metropolitana de Mérida); Santos Marquina (población de Tabay); Sucre (población de Lagunillas) y Campo Elías (población de Ejido).

El Dr. Aldana (2022) del Departamento de SERGIDESOL, ente encargado de la recolección de desechos sólidos del Municipio Libertador, en Mérida, nos informó a través de una entrevista, que como Política Pública, en relación al tema de la recolección de la basura, incluyendo los desechos electrónicos, la Alcaldía firmó una Alianza con la Asociación Civil EcoMérida, donde le autorizan como el único ente encargado de la recolección de los desechos electrónicos.

Para ello la alcaldía emitió un exhorto a los comerciantes donde aclaran que la  Asociación Civil Eco Mérida, es el único ente encargado de la ciudad para recolectar este rubro de basura, de igual forma los dotó de un vehículo para que la Asociación cumpla con tal fin. Se ha logrado, como resultado de las Alianzas generadas y de la gestión propia de la Alcaldía, brindar un mejor servicio con más recolección, y menos colocación en el vertedero de basura (menos volumen debido al reciclaje y separación para el reuso de los residuos).

Referencias

  1. A.C. Eco Mérida. (2022). https://www.instagram.com/ecomerida2020/
  2. Agencia Venezolana de Noticias (2015). Plan de Recolección de Aparatos Eléctricos contribuye en la preservación del medio ambiente. Disponible: https://www.aporrea.org/actualidad/n272147.html
  3. Aldana (2022). Departamento de SERGIDESOL, Alcaldía del Municipio Libertador, Estado Mérida. Entrevista 18/11/2022.
  4. Ariza, V. (2022). Instalarán mesas técnicas de reciclaje y aseo en todo el país, Ministerio de Ecosocialismo relanza plan «Todo se transforma». Ultimas noticias, 26 marzo, 2022. Disponible: https://ultimasnoticias.com.ve/noticias/anzoateggui/instalaran-mesas-tecnicas-de-reciclaje-y-aseo-en-todo-el-pais/
  5. CIULAMIDE. (1995). Circuito de la Universidad de Los Andes para el Manejo Integral de los Desechos. Resumen Ejecutivo. http://repositoriodigital.fundacite-merida.gob.ve/bitstream/123456789/12703/2/CIULAMIDE%20Sintesis.pdf
  6. Del Castillo (2022). División de Manejo de Residuos y Desechos, Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo sede Mérida. Entrevista 18/11/2022.
  7. Frontera Digital (08 de diciembre 2022). En alianza entre sergidesol, ciulamide y eco-mérida. Alcalde JESÚS Araque promueve reciclaje para consolidar cultura ambientalista.
    https://fronteradigital.com.ve/entrada/33027
  8. Ordenanza de Adecuación del Servicio de Aseo Urbano y Domiciliario. Municipio Libertador. Estado Mérida (2018) https://inammiredmerida.wordpress.com/2018/02/16/conozca-la-ordenanza-de-adecuacion-del-servicio-de-aseo-urbano-y-domiciliario-de-libertador-documento/
  9. Valero, J. (2022). 10 camiones compactadores entregaron la Alcaldía del Libertador a SERGIDESOL. Disponible: http://radiomundial.com.ve/10-camiones-compactadores-entregaron-la-alcaldia-del-libertador-a-sergidesol/

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