Visas

Visas

NOTA: Los datos publicados son de referencia, recomendamos que consulte con su agencia de viajes, o en las representaciones diplomáticas de Costa Rica en su país (Consulado y/o Embajada).

Al visitar Costa Rica como turista, los requisitos dependiendo el país de procedencia son:

  • Un pasaporte válido y en buen estado. La vigencia dependerá del país.
  • Un boleto aéreo, terrestre o marítimo de vuelta o de continuidad de viaje.
  • Demostración de solvencia económica (100$ por cada mes de turismo).

Estancias sin visa consular

El grupo uno está formado por los ciudadanos de los siguientes países no necesitan visa consular para entrar en Costa Rica, pueden permanecer hasta 90 días en el país y su pasaporte puede tener una vigencia de un día.

Alemania, Andorra, Argentina, Austria, Australia*, Bahamas, Barbados, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canadá, Ciudad del Vaticano, Chile, Chipre, Croacia, Dinamarca*, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos de América*, Estonia, Finlandia, Francia*, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Montenegro, Noruega*, Nueva Zelanda*, Países Bajos*, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, Principado de Mónaco, Puerto Rico, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Reino Unido e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea del Sur, Rumanía, Singapur, Suecia, Suiza, Trinidad y Tobago y Uruguay. *Incluye los territorios dependientes.

El grupo dos está formado por los ciudadanos de los siguientes países no necesitan visa consular para entrar en Costa Rica, pueden permanecer en el país hasta 30 días (prorrogables a 90) y su pasaporte debe tener una vigencia de 3 meses.

Antigua y Barbuda, Belice, Bolivia, Dominica, El Salvador, Filipinas, Fiyi, Granada, Guatemala, Guyana, Honduras, Islas Marianas del Norte, Islas Marshall, Islas Salomón, Kiribati, Maldivas, Mauricio, Micronesia, Nauru, Palaos, Reino de Tonga, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, Seychelles, Surinam, Tuvalu, Turquía, Vanuatu y Venezuela.

Las personas que tengan visados válidos por tres meses en Estados Unidos, Canadá, Corea del Sur, Japón o la Unión Europea (o visa Schengen en el pasaporte) o tengan permisos legales (de residencia, de trabajo, de estudio o de refugiado) de dichos países, pueden entrar en Costa Rica sin visa consular.

Estancia limitada con visa consular

Los ciudadanos de los países no mencionados pertenecen a los grupos tres y cuatro y necesitan una visa consular al entrar en Costa Rica y un pasaporte vigente durante por lo menos seis meses. Esta visa les permite una estancia de 30 días, prolongable a 90 días. Además, hay otras ligeras diferencias entre algunos de estos países puesto que son dos grupos separados. Para ver más detalles al respecto, puede leer este documento emitido por el gobierno costarricense.

Para mayor información consulte: